04-05-2006
página(s) : 1/4
AYUNTAMIENTO PLENO
SESION ORDINARIA 4 – MAYO – 2006
SESION NUM. 06/06
ALCALDE-PRESIDENTE
D. José Luis Pola Lite
CONCEJALES
D. Javier Núñez Arce
D. José Angel Rayado Román
D. Rolando Sanz Lampre
D. Salvador Borgoñón Jiménez
D. Fernando Larraga Lahorga
Dª. Rosario Vázquez Martínez
D. Miguel-Angel Francés Carbonel
D. Luis Beltrán Esquirolea
D. Emilio Longás Rivas
D. Jesús Navarro García
D. Victor Angoy Sancho
SECRETARIO GENERAL
D. Esteban Arenaz Biarge
AUSENCIAS JUSTIFICADAS
D. Concepción Usán Conde
En la Villa de Tauste, siendo las veinte horas y treinta minutos del día cuatro de mayo de dos mil seis, se reúnen en el Salón de Actos de la Casa Consistorial los miembros de la Corporación Municipal expresados al margen bajo la presidencia del Sr. Alcalde D. José Luis Pola Lite y con asistencia del refrendante Secretario General al objeto de celebrar sesión extraordinaria del Ayuntamiento Pleno, quedando justificada la ausencia de la Sra. Concejal expresada al margen, así como de la Sra. Interventora Municipal Dª Mª Isabel López Irús, en uso de licencia reglamentaria.
Abierto el acto por el Sr. Presidente, se ponen a deliberación los asuntos incluidos en el “Orden del Día” adoptándose los siguientes
A C U E R D O S
PUNTO 1º).- APROBACION DEL BORRADOR DE LA SESION ANTERIOR.- Visto el Borrador correspondiente a la sesión que se indica:
- Ordinaria 6 de abril de 2006 (Núm.- 4/06)
Queda aprobado por unanimidad el expresado Borrador, elevándose a la categoría formal de ACTA, que será formalizada por el Sr. Alcalde-Presidente y refrendante Secretario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.2 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (Real Decreto 2.568/86 de 28 de noviembre).
PUNTO 2º).- SESIONES CELEBRADAS POR JUNTA DE GOBIERNO LOCAL.- El Pleno queda enterado de las sesiones celebradas por la Junta de Gobierno Local en las fechas que se indican, cuyos ejemplares obra en poder de los Sres. Portavoces Municipales y miembros de la Junta:
- Sesión 24 de marzo de 2006 (Núm.- 6/06).
- Sesión 7 de abril de 2006 (Núm.- 7/06)
ALCALDÍA PRESIDENCIA
PUNTO 3º.- PROPUESTA SOBRE ADHESIÓN AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA ENTRE JEFATURA CENTRAL DE TRÁFICO Y FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS. Por el funcionario refrendante se realiza la lectura, en síntesis, del escrito remitido por la Jefatura Provincial de Tráfico (fecha 4 de abril de 2006.- R.Entrada nº 1183, de 8-04-2006), en la forma siguiente: “Expuesto cuanto antecede, y además de la experiencia adquirida por la actuación conjunta llevada a cabo desde hace ya un tiempo, con algunos Ayuntamientos de esta provincia es por lo que se le ofrece adherirse plenamente al referido convenio (según documento nº 1 que se adjunta).- Recibida tal adhesión, y tras los trámites internos oportunos, ese Ayuntamiento recibirá la aceptación que le será comunicado por conducto de la F.E.M.P. .- Posteriormente se procederá a la suscripción del Protocolo de Adhesión.- Con todo ello se pretende una mejor prestación del servicio en esta materia al ciudadano, evitándole así desplazamientos y, por otra parte, además de una actualización constante de los Registros de Conductores y Vehículos, mejorar los servicios de gestión tributaria municipal y de notificaciones con un mayor grado de certeza”.
Abierta deliberación, por la Alcaldía Presidencia se explica que este Convenio se halla integrado en un marco en el cual se venía colaborando a nivel Policía Local y Jefatura de Tráfico, sobre todo, en cuanto al intercambio de información, tanto de titulares de vehículos como vehículos en baja durante largo tiempo. También en cuanto a la gestión de infracciones y localización de conductores. Por lo tanto, cree que es un documento que se basa en una agilidad informática que, poco a poco, redunda en una mayor información y agilidad para determinadas gestiones y para regular bien las infracciones por traslado de vehículos de un domicilio a otro, de una población a otra.
No habiéndose producido ninguna otra intervención, el Sr. Presidente somete el asunto a votación ordinaria, quedando aprobado por unanimidad del Pleno de la Corporación, en los siguientes términos:
1.- Adherirse expresamente y de manera íntegra al Convenio suscrito entre el Organismo Autónomo JEFATURA CENTRAL DE TRÁFICO y la FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS para el intercambio de información y la mutua colaboración administrativa, de conformidad con el precitado escrito de la Jefatura Provincial de Tráfico.
2.- Facultar, tan ampliamente como sea necesario en Derecho, al Sr. Alcalde Presidente D. José Luis Pola Lite para la firma de cuanta documentación sea necesaria para el cumplimiento y desarrollo de estos acuerdos.
MONTES Y PROPIEDADES
PUNTO 4º.- APROBACIÓN CAMBIO DE CALIFICACIÓN JURÍDICA –DESAFECTACIÓN FINCA RUSTICA MONTE LOS LLANOS- PARIDERA ORTEGA. Por el funcionario refrendante se realiza la lectura del dictamen de la Comisión de Montes y Propiedades (fecha 18 de abril de 2006), sobre esta cuestión.
Abierta deliberación y no habiéndose producido intervención alguna, el Sr. Presidente somete el asunto a votación ordinaria, quedando aprobado por unanimidad del Pleno de la Corporación Municipal el precitado dictamen en los siguientes términos:
“El Ayuntamiento de Tauste es propietario de la finca rústica Monte Los Llanos, Paraje “Paridera de Ortega”, con la calificación jurídica de bien comunal. El enclave que a continuación se señala va a ser permutado por una parcela de propiedad particular que afecta a uno de los Lotes Municipales de Regadío del Sector XIV, Zona Bardenas II. El paso previo a la permuta es el cambio de calificación jurídica de los terrenos como bienes comunales y su segregación de la finca matriz para constituir una sola finca registral independiente.
A C U E R D O S
PRIMERO.- Alterar la calificación jurídica de la finca que a continuación se describe:
Terreno segregado de la finca denominada LOS LLANOS, de propiedad municipal, inscrita en el Registro de la Propiedad de Ejea de los Caballeros al Tomo 552, Libro 107 de Tauste, Folio 166, Finca nº 7669. El enclave segregado tiene una superficie de 2-80-00 Has. Polígono 26, Parcelas nº 4 237 parciales, Parcela Municipal nº 1804-parcial, siendo sus linderos: Norte y Oeste, Ayuntamiento de Tauste; Sur y Este, Herederos de Hermanos Antoñanzas Cabestre. Tiene un valor de 2.800 Euros y calificado jurídicamente como bien comunal pasando a ser considerado como BIEN PATRIMONIAL DE PROPIOS del Ayuntamiento de Tauste.
SEGUNDO.- El destino de la parcela desafectada es la permuta de tierras con el vecino colindante.
TERCERO.- Dada la naturaleza del terreno se llevará a cabo información pública por plazo de un mes para su cambio de calificación jurídica, y se someterá el expediente a la aprobación de los órganos competentes de la Diputación General de Aragón.
CUARTO.- Aprobar la Memoria justificativa del interés social y de la utilidad pública correspondiente a la permuta de tierras que se pretende realizar y que se acompaña como documentación complementaria.
QUINTO.- Aprobar inicialmente con el quórum legal establecido el cambio de calificación jurídica del enclave municipal ubicado en el paraje de ”Paridera de Ortega”.
SEXTO.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma de la documentación que sea precisa.
HACIENDA
PUNTO 5º.- APROBACIÓN PROVISIONAL ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA SERVICIO CONEXIÓN REDES WLAN SANTA ENGRACIA Y SANCHO ABARCA. Por el funcionario refrendante se realiza la lectura del dictamen de la Comisión de Economía y Hacienda (fecha 12 de abril de 2006), sobre esta cuestión, formulado con los votos a favor del Sr. Presidente y de los Vocales Sra. Vázquez Martínez y Sr. Navarro García, y con la abstención del Sr. Vocal Angoy Sancho, que se pronunciará en el Pleno.
Abierta deliberación, el Concejal Sr. Núñez Arce, encargado de este tema, indica que se trata de la aprobación de la Ordenanza reguladora del servicio de conexión de las Redes Inalámbricas para los Barrios de Santa Engracia y Sancho Abarca, conociendo todos que la banda ancha de “internet” no se recoge en estos Barrios, por lo que han sido necesarias unas adaptaciones, instalando una antena y una red inalámbrica a todo lo ancho de ambos Barrios, siendo cuestiones que ya fueron aprobadas en su día por este Pleno y ahora se trata de poner una tasa, pues el servicio no puede ser gratuito por imperativo del mercado nacional de las telecomunicaciones, para afrontar los gastos que supone la captación de la señal y de esta red inalámbrica para los vecinos de Santa Engracia y Sancho Abarca que lo deseen. Se ha redactado una Ordenanza Fiscal cuyas características más importantes son sus destinatarios (Santa Engracia y Sancho Abarca), que tendrán que pagar los particulares y en la misma se indica que se efectúan los Centros Oficiales Públicos de la Administración Municipal o de otras Administraciones Públicas. Se establece una tasa de 15 € mensuales y liquidaciones trimestrales. La señal y la red de distribución ya están hechas. Ahora se trata de pasar, de forma inmediata, a que las personas que lo deseen instalen dentro de sus casas el aparato de recepción. Se han recibido ya las solicitudes correspondientes –en torno a 20/22 en cada Barrio- por lo cual tendrán que adaptar el tipo de señal al número de la gente que lo ha solicitado.